Para la fiscalía y para los particulares damnificados -encabezados por la defensa de Fernando Burlando- hubo un homicidio agravado por la premeditación y la alevosía.
Para la defensa de los acusados, un homicidio simple con dolo eventual o un homicidio en riña, es una calificación también posible.
También pueden haber otras definiciones aplicadas al código penal.
Que significa cada uno de los términos en el derecho penal. Las claves para saber y entender todo lo que puede pasar mañana en base al veredicto interpretado por los jueces.
LAS POSIBLES CALIFICACIONES LEGALES EN EL FALLO
Los agravantes son elementos que hacen más grave el asesinato de una persona, influyendo en la pena que el tribunal pueda darle al imputado. Puede haber un agravamiento por el vínculo -Las asesinas de Lucio, por ejemplo- o por el género -un femicidio- en algunos casos.
Hablando del crimen de Fernando, lo que se intentó probar por la fiscalía y la defensa de la familia de la víctima es la premeditación y la alevosía.
- Premeditación: Quiere decir que se organizó el crimen. Lo pensaron, lo planearon. Y luego lo ejecutaron. En este caso, Burlando afirma que los asesinos salieron del boliche, esperaron que la policía se vaya del lugar y atacaron a Fernando con la intención de matarlo, evitando que sea ayudado.
Para algunos expertos en derecho penal, la premeditación tambien podría aplicarse en las escenas post-crimen. Es decir, los mensajes de "De esto no se cuenta nada a nadie".
- Alevosía: Aparece definida como "cuando el culpable comete cualquiera de los delitos contra las personas empleando en la ejecución medios, formas y modos que atienda directamente a asegurarla, sin el riesgo que para su persona proceda de la defensa de la víctima". Hablando del crimen de Fernando, los atacantes sacaron provecho de su fuerza física, mayor a la de la víctima, lo atacaron por la espalda, sin que se pueda defender, y le pegaron patadas en el piso cuando ya estaba inconsciente.
La presencia de agravantes puede hacer crecer la pena de 8 a 25 años, o ser causal de prisión perpetua. En el caso de Báez Sosa, los fiscales solicitan al tribunal la pena de prisión perpetua por homicidio agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas para los rugbiers.
- Homicidio preterintencional: Es una figura jurídica que consiste en un homicidio donde hubo un desbordamiento de las intenciones del autor, en las que primitivamente quiso ejercer daño, pero que desafortunadamente resultó matando a su víctima. Un ejemplo es si una persona se dispone a golpear a otra persona para lastimarlo y termina matandoló. Por ejemplo, una piña de un boxeador podría ser considerado un arma bajo esta calificación.
- Dolo eventual: Es representarse la situación de que se puede matar. Un ejemplo claro, es con los accidentes de tránsito. Si uno maneja borracho y atropella a alguien, quitandolé la vida, debería de haberse representado que manejando en ese estado, puede matar a alguien. La pena es de 8 a 25 años.
- Homicidio en riña: Cuando el homicidio se produce en una pelea entre grupos y no se puede determinar quién mató a la víctima